Respuesta corta: un riesgo psicosocial es una condición del trabajo —carga, falta de control, jornada, liderazgo, violencia o entorno organizacional— capaz de provocar ansiedad, alteraciones del sueño o estrés grave en quien lo desempeña. La NOM-035 obliga a identificarlos, analizarlos y actuar sobre ellos con evidencia documental. Detectarlos y no hacer nada es, para la STPS, el mismo incumplimiento que no haberlos buscado.
Qué es un factor de riesgo psicosocial según la NOM-035
La NOM-035-STPS-2018 define el factor de riesgo psicosocial como aquel que puede provocar trastornos de ansiedad, alteraciones no orgánicas del ciclo sueño-vigilia y estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral.
Traducido a lenguaje operativo, la definición contiene tres ideas que cambian por completo cómo debe abordarse el tema:
- El riesgo está en el trabajo, no en la persona. La norma evalúa condiciones organizacionales, no la fortaleza emocional de quien las padece. Un trabajador que se agota bajo una carga imposible no tiene un problema de actitud: tiene un factor de riesgo activo.
- El daño esperado es de salud mental. No se trata de incomodidad o de mal ambiente en abstracto, sino de cuadros clínicos concretos —ansiedad, insomnio, estrés de adaptación— que la exposición sostenida puede desencadenar.
- La exposición es continua, no puntual. Un mes intenso de cierre no es un factor de riesgo psicosocial. Una carga que excede sistemáticamente lo que el puesto puede absorber, sí.
Esta es la razón por la que la norma se cumple con cuestionarios aplicados a la plantilla y con un plan de acción sobre la organización, y no con talleres de manejo del estrés dirigidos al trabajador. Los talleres pueden ser una medida complementaria; nunca sustituyen la corrección de la causa.
Las 5 categorías y los 10 dominios que evalúa la norma
La NOM-035 no deja el concepto abierto a interpretación. Las guías de referencia organizan la evaluación en cinco categorías, que a su vez se desagregan en diez dominios medibles. Esta es la estructura completa:
| Categoría | Dominios | Qué se observa en la práctica |
|---|---|---|
| 1. Ambiente de trabajo | Condiciones en el ambiente de trabajo | Espacios inseguros o insalubres, equipo insuficiente o en mal estado, condiciones que obligan a un esfuerzo adicional para hacer el trabajo. |
| 2. Factores propios de la actividad | Carga de trabajo Falta de control sobre el trabajo |
Cargas cuantitativas excesivas, ritmos acelerados, carga mental alta, responsabilidad desproporcionada, órdenes contradictorias; nula autonomía, sin posibilidad de desarrollo, sin participación en los cambios, capacitación insuficiente. |
| 3. Organización del tiempo de trabajo | Jornada de trabajo Interferencia en la relación trabajo-familia |
Jornadas y rotación de turnos que exceden lo previsto en la LFT, descansos insuficientes; trabajo que invade el tiempo personal, disponibilidad permanente, imposibilidad de atender responsabilidades familiares. |
| 4. Liderazgo y relaciones en el trabajo | Liderazgo Relaciones en el trabajo Violencia |
Funciones poco claras, instrucciones contradictorias, liderazgo que solo señala errores; relaciones conflictivas o de aislamiento; acoso, hostigamiento, malos tratos y violencia laboral en cualquiera de sus formas. |
| 5. Entorno organizacional | Reconocimiento del desempeño Insuficiente sentido de pertenencia e inestabilidad |
Ausencia de retroalimentación y de reconocimiento del esfuerzo; incertidumbre sobre la permanencia en el puesto, desconexión con el proyecto de la empresa. |
Las categorías 1 a 4 constituyen los factores de riesgo psicosocial propiamente dichos. La categoría 5, entorno organizacional, se evalúa únicamente en los centros de trabajo con más de 50 personas, que aplican la Guía de Referencia III.
Qué NO es un riesgo psicosocial
Buena parte de los expedientes mal armados nacen de confundir el objeto de la norma. Estos cuatro casos quedan fuera:
- Los rasgos de personalidad del trabajador. Que alguien sea ansioso por temperamento no es un factor de riesgo psicosocial. La norma no evalúa personas, evalúa condiciones.
- Los problemas personales o familiares ajenos al trabajo. Un divorcio o una enfermedad en casa afectan el desempeño, pero no son materia de la NOM-035 salvo que el trabajo impida atenderlos, ahí sí entra el dominio de interferencia trabajo-familia.
- El estrés puntual que se resuelve solo. Un cierre de mes exigente o un proyecto con fecha crítica no configuran riesgo psicosocial si son excepcionales y el equipo recupera su ritmo después.
- Un diagnóstico clínico. La NOM-035 identifica condiciones de riesgo; no diagnostica ansiedad ni depresión. Ese diagnóstico solo lo emite un profesional de la salud, y la empresa debe canalizar cuando los resultados lo sugieran.
Riesgo psicosocial y acontecimiento traumático severo no son lo mismo
La norma trata dos fenómenos distintos con instrumentos distintos, y confundirlos genera incumplimiento.
El factor de riesgo psicosocial es crónico: una condición sostenida del entorno de trabajo que se detecta aplicando el cuestionario a toda la plantilla y se corrige con un plan de acción organizacional.
El acontecimiento traumático severo (ATS) es agudo: un evento puntual y de alto impacto, un asalto, un accidente grave, la muerte de un compañero durante la jornada, que se detecta con un cuestionario específico aplicado a la persona expuesta y se atiende con un protocolo individual de canalización y seguimiento. Lo desarrollamos a fondo en qué hacer cuando un trabajador reporta un ATS.
Un centro de trabajo puede tener cero factores de riesgo psicosocial y aun así enfrentar un ATS mañana. La norma exige atender ambas dimensiones por separado.
Cómo se identifican según el tamaño de tu empresa
La obligación existe para todos los centros de trabajo, pero el instrumento cambia con el número de personas:
| Tamaño del centro de trabajo | Qué debe aplicar |
|---|---|
| Hasta 15 personas | Política de prevención de riesgos psicosociales, medidas de prevención y la Guía de Referencia I para identificar a quienes hayan vivido un acontecimiento traumático severo. No está obligado a aplicar el cuestionario de factores de riesgo psicosocial. |
| 16 a 50 personas | Todo lo anterior más la Guía de Referencia II (46 reactivos) para identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial de las categorías 1 a 4, con su informe de resultados y plan de acción. |
| Más de 50 personas | Todo lo anterior más la Guía de Referencia III (72 reactivos), que suma la evaluación del entorno organizacional (categoría 5). Es la versión más completa y la que exige mayor trazabilidad documental. |
El conteo es por centro de trabajo, no por razón social. Una empresa con 300 personas distribuidas en cinco sucursales de 60 aplica la Guía III en cada una, con resultados y planes de acción diferenciados por sitio.
Cada cuándo debe evaluarse
La identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial debe repetirse al menos cada dos años. Conviene adelantarla cuando ocurre algo que cambia materialmente las condiciones evaluadas: una reestructura, una fusión, un cambio de esquema de jornada, la apertura de una operación nueva o la salida de un liderazgo señalado en la medición anterior.
También conviene adelantarla cuando el plan de acción previo no produjo mejoras medibles. Repetir el mismo cuestionario dos años después sin haber corregido nada devuelve los mismos resultados y deja constancia escrita de que la empresa sabía del riesgo y no actuó, el peor escenario posible frente a una inspección.
Qué pasa cuando se detecta un riesgo: el plan de acción
Identificar es la mitad del trabajo. La norma exige actuar sobre lo encontrado y dejar rastro de ello.
Analizar los resultados por área, no solo en global
Un promedio general de riesgo bajo puede esconder un área con riesgo alto. El análisis debe desagregarse por departamento, turno y nivel jerárquico. Es ahí donde aparece el patrón accionable: casi siempre el problema está concentrado, no repartido.
Definir medidas sobre la causa, no sobre el síntoma
Si el dominio crítico es carga de trabajo, la medida es redistribuir tareas o ajustar plantilla, no ofrecer un taller de resiliencia. Si es liderazgo, la medida es intervenir con ese liderazgo específico. Cada medida debe nombrar responsable, plazo y forma de verificación.
Canalizar a quienes lo requieran
Cuando los resultados individuales sugieren afectación, la empresa debe canalizar a atención médica o psicológica: IMSS, servicio médico propio o red externa, y conservar constancia de la derivación. La canalización es obligación de la empresa; el diagnóstico y tratamiento, del profesional de salud.
Documentar todo el expediente
Política firmada y difundida, cuestionarios aplicados, informe de resultados, plan de acción con responsables y fechas, evidencia de las medidas ejecutadas, constancias de canalización y registro de difusión a la plantilla. Sin este expediente, para la STPS el cumplimiento no ocurrió.
Verificar que la medida funcionó
El plan de acción necesita un punto de control antes del siguiente ciclo bienal: ¿bajó la rotación del área señalada?, ¿disminuyeron las horas extra?, ¿cambió la percepción de liderazgo? Sin verificación, el plan es una declaración de intenciones y no una medida preventiva.
Sanciones por no identificar los riesgos psicosociales
El artículo 994 fracción V de la Ley Federal del Trabajo prevé multas de 250 a 5,000 UMA, equivalentes aproximadamente a $29,328 y $586,550 MXN con la UMA 2026 de $117.31. La multa se aplica por trabajador afectado en algunos supuestos, de modo que el monto escala rápido en centros de trabajo grandes.
En la práctica, el hallazgo más frecuente en inspección no es la ausencia total de cumplimiento, sino el expediente incompleto: cuestionarios aplicados sin informe de resultados, informe sin plan de acción, o plan de acción sin evidencia de ejecución. La trazabilidad es lo que se sanciona.
Errores frecuentes
- Aplicar el cuestionario y guardarlo. Sin informe de resultados ni plan de acción, la aplicación no acredita cumplimiento. Es el error más común y el más caro.
- Usar la guía equivocada. Aplicar la Guía II en un centro de más de 50 personas deja fuera la evaluación del entorno organizacional y constituye cumplimiento parcial.
- Contar por razón social y no por centro de trabajo. Genera evaluaciones que no representan la realidad de cada sitio y planes de acción inaplicables.
- Responder al riesgo con capacitación al trabajador. Si la causa es organizacional, la medida tiene que ser organizacional. El taller de manejo del estrés es complemento, no remedio.
- No garantizar el anonimato. Si la plantilla percibe que sus respuestas son identificables, el instrumento devuelve resultados falsamente positivos y la medición pierde todo valor diagnóstico.
- Tratar la NOM-035 como un trámite anual de RH. La norma es un sistema de prevención con ciclo propio: identificar, actuar, verificar y volver a medir.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un factor de riesgo psicosocial según la NOM-035? Aquel que puede provocar trastornos de ansiedad, alteraciones del ciclo sueño-vigilia y estrés grave y de adaptación, derivado de las funciones del puesto, el tipo de jornada y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a violencia laboral. Es una condición del trabajo, no una característica de la persona.
¿Cuáles son las categorías que evalúa la norma? Cinco: ambiente de trabajo; factores propios de la actividad; organización del tiempo de trabajo; liderazgo y relaciones en el trabajo; y entorno organizacional. Se desagregan en diez dominios evaluables.
¿Qué no es un riesgo psicosocial? Los rasgos de personalidad del trabajador, sus problemas personales ajenos al trabajo, el estrés puntual que se resuelve solo y cualquier diagnóstico clínico. La norma evalúa condiciones organizacionales, no salud individual.
¿Cada cuándo hay que evaluar? Al menos cada dos años en centros de trabajo con 16 o más personas, y antes de ese plazo si hubo reestructuras, cambios de jornada o si el plan de acción anterior no produjo mejoras medibles.
¿Qué multa hay por no identificarlos? De 250 a 5,000 UMA (Art. 994 fr. V de la LFT), aproximadamente entre $29,328 y $586,550 MXN con la UMA 2026 de $117.31. El hallazgo más sancionado es el expediente incompleto.
Fuentes. NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, DOF 23 de octubre de 2018, y sus Guías de Referencia I, II y III; Ley Federal del Trabajo, artículos 132 fracción XXXIV y 994 fracción V; valor de la UMA 2026 publicado por el INEGI. Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría legal para tu caso concreto. Última revisión: 31 de agosto de 2026.
Cómo ayuda 3HR Consultores
En 3HR acompañamos la implementación completa de la NOM-035: redacción de la política, aplicación de la guía que corresponde al tamaño de cada centro de trabajo, informe de resultados desagregado por área, diseño del plan de acción con responsables y plazos, y el expediente documental listo para exhibir en inspección. El instrumento lo aplicamos con acompañamiento consultivo, no como un cuestionario que se envía y se archiva, porque el valor está en leer el resultado y traducirlo a decisiones de organización.
Cuando la medición revela problemas de fondo en clima o liderazgo, la conversación continúa en clima laboral y en las evaluaciones de liderazgo, que permiten intervenir sobre la causa con evidencia.
Ver también: guía completa de NOM-035 para empresas en México, el checklist de cumplimiento NOM-035 y cómo medir el clima laboral.
