La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que reduce la jornada laboral semanal de 48 a 40 horas representa el cambio laboral más significativo en México en décadas. Pero más allá de la reducción de horas, hay un requisito que muchas empresas están pasando por alto: el registro obligatorio e inmutable de la jornada laboral.
En este artículo
Video: Todo sobre la reforma en 1 video
Mira nuestro video explicativo sobre como preparar tu empresa para la reforma laboral 2027.
¿Que dice la reforma laboral 2027?
Ya no es una iniciativa: la reforma al artículo 123 constitucional se publicó en el DOF el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo el 1 de mayo de 2026. Reducen la jornada ordinaria máxima de 48 a 40 horas semanales y mantienen, conforme al artículo 69 reformado, al menos un día de descanso con goce de salario íntegro por cada seis días de trabajo.
La reforma aplica a todas las empresas en México, sin importar su tamaño o sector, y la reducción es gradual, a partir del 1 de enero de cada año:
Calendario oficial (transitorio Segundo del decreto)
- 2026: 48 horas semanales — año de ajuste, sin cambio de horarios
- 2027: 46 horas semanales
- 2028: 44 horas semanales
- 2029: 42 horas semanales
- 2030: 40 horas semanales (meta final)
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026. El desglose completo, con horas extra e impacto en costo, está en nuestra guía de la jornada laboral de 40 horas en México.
Cronologia de la reforma
La Comision de Puntos Constitucionales de la Camara de Diputados aprueba el dictamen de la reforma en lo general.
Periodo de negociaciones tripartitas entre gobierno, sector empresarial y sindicatos para definir la implementación gradual.
Se publica en el DOF la reforma a las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 constitucional, con un plazo de 90 días para adecuar la legislación secundaria.
Se publica la reforma a la LFT: nuevo artículo 59 (40 horas), régimen de horas extra de los artículos 66 y 68, y la fracción XXXIV del artículo 132: registro electrónico de jornada.
Periodo de ajuste que concede el transitorio Tercero para que empresas y personas trabajadoras adapten sus procesos. Momento ideal para implementar tu sistema de control de asistencia.
Primer recorte de jornada (46 horas semanales) y entrada en vigor de las disposiciones generales de la STPS sobre el registro electrónico, con sanciones exigibles.
¿Por que el reloj checador se vuelve obligatorio?
Ya no es una deducción: la reforma del 1 de mayo de 2026 adicionó la fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT, que obliga a la persona empleadora a "registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera". Las disposiciones generales que emitirá la STPS entran en vigor el 1 de enero de 2027.
Además, el mismo texto agrega una condición que define cómo debe diseñarse el sistema: "El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora". Todo esto se suma a las razones que ya existían:
- Se necesitan pruebas verificables de que la empresa cumple con la jornada máxima vigente cada año
- Las horas extra deben calcularse con precision sobre la base de la nueva jornada, no la anterior
- La STPS intensificara las inspecciones para verificar el cumplimiento de la reforma
- La carga de la prueba esta en el patron (Art. 784 LFT) — si no tienes registros, pierdes el juicio
Riesgo legal critico
Sin un sistema de registro de jornada, la empresa no puede demostrar que cumple con la nueva jornada laboral. En caso de demanda, el Art. 784 de la LFT establece que el patron tiene la carga de la prueba. Sin registros inmutables, se presume que el trabajador tiene razón sobre las horas trabajadas.
Esto puede resultar en el pago retroactivo de horas extra dobles y triples, más la multa del artículo 994 fracción IV Bis: de 250 a 5,000 UMA, es decir hasta $586,550 MXN con el valor de la UMA vigente en 2026.
¿Que dice la LFT sobre el registro de jornada?
La Ley Federal del Trabajo establece obligaciones claras sobre el registro de jornada en dos artículos fundamentales:
Artículo 804 — Obligacion de conservar documentos
El patron tiene la obligacion de conservar y exhibir en juicio los documentos relativos a la jornada laboral. Esto incluye registros de hora de entrada, hora de salida, periodos de descanso y horas extraordinarias.
Estos registros deben ser:
- Inmutables: No deben poder ser alterados retroactivamente
- Completos: Deben cubrir a todos los trabajadores
- Conservables: Deben mantenerse durante al menos 1 año
- Exhibibles: Deben poder presentarse ante autoridades laborales en cualquier momento
Artículo 784 — Carga de la prueba
Este artículo establece que corresponde al patron probar su dicho cuando exista controversia sobre la jornada laboral. Es decir: si un trabajador demanda alegando que se le exigieron más horas de las permitidas, el patron debe demostrar lo contrario con registros verificables.
En la práctica, esto significa...
Las listas de asistencia en papel, las firmas manuscritas o los controles informales ya no son suficientes. Se requiere un sistema digital con registros inmutables, timestamps del servidor (no del dispositivo) y respaldo en la nube que pueda presentarse como evidencia ante la Junta de Conciliacion o el Tribunal Laboral.
Sanciones por incumplimiento
Las consecuencias de no cumplir son de tres tipos:
Multas administrativas
$29,327 — $586,550
MXN por infracción (250 a 5,000 UMA, Art. 994 fr. IV Bis, con UMA 2026)
Perdida de juicio laboral
Sin registros, se presume que el trabajador tiene razón. Pago retroactivo de horas extra dobles y triples por hasta 2 años.
Inspeccion STPS
Las inspecciones se intensificaran con la reforma. Clausura temporal por incumplimiento reiterado.
Requisitos que debe cumplir tu sistema de registro de jornada
No cualquier sistema de control de asistencia cumple con los requisitos de la LFT. Tu solución debe tener como minimo las siguientes características:
| Requisito | ¿Por que? | Obligatorio |
|---|---|---|
| Registros inmutables | No se pueden alterar retroactivamente. Valido como evidencia. | Si |
| Timestamp del servidor | Hora registrada por el servidor, no manipulable por el usuario. | Si |
| Respaldo en la nube | Disponible para auditoría en cualquier momento, sin riesgo de perdida. | Si |
| Retención de 1+ año | Art. 804 LFT exige conservar registros para exhibirlos en juicio. | Si |
| Calculo de horas extra | Dobles y triples, conforme a la nueva jornada maxima. | Si |
| Identificacion del trabajador | Reconocimiento facial, PIN o biometrico para evitar suplantacion. | Recomendado |
| Geolocalizacion | GPS para verificar que el registro se realizo en el centro de trabajo. | Recomendado |
| Reportes STPS | Formato listo para presentar ante la Secretaria del Trabajo. | Recomendado |
Como preparar a tu empresa hoy
El transitorio Tercero del decreto destina del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 a que las empresas ajusten sus procesos: es literalmente el periodo que la ley te dio para llegar listo al 1 de enero de 2027. Estos son los pasos que recomendamos:
- Audita tu sistema actual de control de asistencia. ¿Usas listas de papel, hojas de Excel o un reloj biometrico? Evalua si tus registros cumplen con los requisitos de inmutabilidad y respaldo.
- Revisa tus horarios y jornadas. Mapea cuántas horas trabajan realmente tus colaboradores e identifica los turnos que exceden las 46 horas semanales que aplican desde el 1 de enero de 2027. El calendario completo hasta 2030 está aquí.
- Implementa un sistema digital de registro de jornada. Un sistema con reconocimiento facial, timestamps del servidor y registros inmutables te permite cumplir con los Art. 784 y 804 de la LFT desde hoy.
- Capacita a tu equipo de RRHH. Asegurate de que entienden las implicaciones legales de la reforma y como usar el nuevo sistema.
- Configura horarios y politicas de horas extra. Define claramente la politica de horas extra, tolerancia de retardo y periodos de descanso en tu sistema.
- Genera tus primeros reportes. Práctica la generacion de reportes STPS para estar listo cuando lleguen las inspecciones.
TalentDeck cumple con todos los requisitos
El Reloj Checador Digital TalentDeck fue disenado especificamente para el cumplimiento de la LFT mexicana. Incluye reconocimiento facial por inteligencia artificial, registros inmutables en Firebase, timestamps del servidor, geolocalizacion GPS y reportes automáticos para la STPS.
Funciona en cualquier tablet, computadora o celular. Sin hardware especial. Se implementa en minutos.
Ver servicio de reloj checadorPreguntas frecuentes
¿Cuando entra en vigor la reducción de jornada laboral?
De forma gradual, cada 1 de enero: 48 horas en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030, conforme al transitorio Segundo del decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026. Durante 2026 la jornada máxima sigue siendo de 48 horas.
¿Es obligatorio tener un reloj checador?
Sí. Además de que el Art. 804 de la LFT ya obligaba a conservar registros de jornada, la nueva fracción XXXIV del Art. 132 obliga expresamente a registrar de forma electrónica el horario de inicio y finalización de cada persona trabajadora y a entregarlo a la autoridad cuando se requiera. Las disposiciones generales de la STPS y las sanciones son exigibles desde el 1 de enero de 2027.
¿Que pasa si mi empresa es pequeña (menos de 15 empleados)?
La obligacion del Art. 804 aplica para todos los centros de trabajo, sin importar el tamaño. Para el registro electrónico, el propio Art. 132 fr. XXXIV prevé que la STPS defina el ámbito de aplicación y las excepciones mediante disposiciones de carácter general; mientras no se publiquen, lo prudente es planear como si aplicara.
¿Un reloj biometrico de huella digital es suficiente?
Depende. Los relojes biometricos tradicionales registran la hora del dispositivo (manipulable) y no siempre conservan los registros en la nube. Para cumplir plenamente con la LFT, necesitas registros inmutables con timestamp del servidor y respaldo digital.
¿Que multas me pueden poner?
Por no llevar el registro electrónico de jornada, el Art. 994 fracción IV Bis establece de 250 a 5,000 UMA: entre $29,327.50 y $586,550 MXN con el valor de la UMA vigente en 2026 ($117.31 diarios). Además, en juicio laboral, sin registros el patron pierde la carga de la prueba y puede ser obligado a pagar horas extra retroactivas.
¿Buscas el panorama completo de la reforma?
Este artículo se enfoca en el registro de jornada. Si necesitas el calendario año por año, las nuevas reglas de horas extra y cómo modelar el impacto en costo de nómina, lee Jornada laboral de 40 horas en México: el calendario oficial.